domingo, 13 de marzo de 2011

Promoción Profesional Específica Auxiliar de Control e Información puntuación definitiva

De conformidad con lo expresado en el artículo 56 de la Orden 1285/1999, de 11 de mayo, por la que se aprueban instrucciones relativas al funcionamiento y actuación de los Tribunales de Selección en el ámbito de la Administración de la Comunidad de Madrid (B.O.C.M. de 14 de mayo), por parte del mencionado Tribunal Calificador, adjunto se remite a ese Centro Directivo la comunicación de la puntuación definitiva obtenida por los aspirantes en la fase de concurso en los términos establecidos en la Base 7.1 de la Convocatoria, para que proceda a su publicidad mediante la exposición en el correspondiente tablón de anuncios.

La relación de méritos se corresponde con la valoración que, con respecto a la documentación aportada por los respectivos aspirantes, ha realizado el tribunal según lo establecido en la base sexta y el Anexo II de la convocatoria de las pruebas selectivas.

Contra el presente acto los aspirantes podrán interponer reclamación previa a la vía judicial laboral, en el plazo de un mes contado desde el día siguiente a su publicación, ante el Consejero de Presidencia, Justicia e Interior, de conformidad con lo establecido en los artículos 125 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y el Procedimiento Administrativo Común, y 53.7 de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid, sin perjuicio de ejercitar cualquier otra acción que estimen pertinentes.

Cupo Discapacidad
Alfabético
Puntuación
Turno General
Alfabético
Puntuación

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