Publicado en el BOCM de hoy, la Orden de 2 de marzo de 2010, por la que se establecen las condiciones de una emisión de Deuda Pública de la Comunidad de Madrid por un importe máximo de 500.000.000,00 de euros.
Cuando se endeuda debemos recordar que el dinero que se ha tomado prestado hay que devolverlo y con intereses en un futuro.
Confiamos en que esta deuda se utilice en los servicios públicos y no para pagar los grandes gastos derivados de las privatizaciones. También sería razonable que se utilizase para pagar a los numerosos proveedores que no se les paga y se les debe dinero con muchos meses de retraso, lo que está acarreando serias dificultades a las empresas que tienen que soportar estos costes y con los consiguientes problemas de suministro de productos y tecnología sanitaria en los hospitales.
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